18 de octubre, 2021
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Artículo escrito por José María Ferrer Villar, Jefe del Departamento de Derecho Alimentario de AINIA.

La Economía Circular ha de marcar la actividad productiva de la Unión Europea en las próximas décadas, es imprescindible que seamos capaces de incorporar los planteamientos que las distintas estrategias y políticas plantean para lograr una actividad sostenible en todos los ámbitos. Recientemente se ha aprobado el I Plan de Acción de Economía Circular (1.529 millones de euros y 116 medidas que la Administración General del Estado generará en el período 2021-2023). Ante esta situación es importante que podamos interpretar y conjugar todo lo relativo a la Economía Circular y las medidas legislativas. que de forma directa o indirecta tratan esta temática en España y la Unión Europea.

Si leemos alguna de las definiciones de Economía Circular podemos observar que estamos ante una figura con múltiples caras o enfoques. Se trata de un modelo económico que se incluye en el marco del desarrollo sostenible y que optimiza el uso de los recursos naturales, cierra los ciclos de agua, energía y materia, minimiza los impactos ambientales, y fomenta la eficacia al conseguir que los productos y recursos mantengan su utilidad y valor el mayor tiempo posible, con el fin de cambiar los mecanismos de producción, distribución y consumo de bienes y servicios, reduciendo el consumo de materias primas, energía y recursos, y a su vez evitando emisiones y pérdidas materiales.

Estos planteamientos inciden en todas las fases del ciclo de vida de un bien, producto o servicio e incide en los sectores relacionados con el agua, energía, industria, economía, comercio, consumo, educación, suelo y ordenación del territorio.

¿Existe una legislación “ad hoc” en materia de Economía Circular?

En España y la Unión Europea no contamos con una disposición legal que de forma específica aborde este tema. La aproximación mayoritaria se está dando a través de la regulación sobre envases y residuos de envases, es revelador en este sentido el redactado de la exposición de motivos del proyecto de ley de residuos:

«La Ley tiene por objeto sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino. Se contribuye así al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030 y en particular a los objetivos 12 —producción y consumo sostenibles—, 13 —acción por el clima— y 14 —vida submarina—. Asimismo, en el ámbito de su contribución a la lucha contra el cambio climático, esta Ley es coherente con la planificación en materia de energía y clima».

El legislador plantea el abordaje de la Economía Circular desde el final de la cadena, los residuos o desechos residuales, cuando todas las fases del ciclo de vida tienen un impacto en esta materia.

Desde nuestro punto de vista es necesario que se contemple los aspectos que relación la Economía Circular con las materias primas, el diseño, la producción, distribución, consumo, recogida y reciclado en el sector agroalimentario.

Si tomamos en consideración el esquema global del sistema de Economía Circular, podemos observar que las distintas áreas que lo componen también pueden verse afectadas por la legislación, no únicamente la fase final de recogida, reciclado y desechos. Por ello, conviene hacer una reflexión sobre la situación existente y el impacto que las medidas destinadas al mejor aprovechamiento de los recursos pueden tener ante una posible indefinición legislativa.

Las materias primas, en este caso en la actualidad todos los productos agroalimentarios que se comercializan en la UE cuenta, con legislación, ya sea específica o general que cubre las distintas cuestiones sobre calidad, higiene y seguridad alimentaria de los mismos. En este punto habrá que valorar lo qué puede suceder ante nuevas “materias primas” como consecuencia de nuevos usos de los productos o subproductos, es importante que estas cuestiones se valoren para evitar que determinadas prácticas dirigidas a optimizar las materias primas no lleguen a chocar con planteamientos legislativos en los que se traten, por ejemplo, como nuevos alimentos.

En el caso del diseño y también el ecodiseño, es necesario regular de tal forma que sea factible la producción de alimentos considerado esta característica para aproximarnos a la mayor optimización de los productos desde la perspectiva económica, social y ambiental, partiendo desde su diseño.

Producción y reelaboración, en este punto es muy importante que analicemos la actual legislación sobre higiene alimentaria, dado que es la que puede incidir en mayor medida en las medidas que se puedan plantear a la hora de modificar los sistemas de producción para fomentar la economía circular.

Distribución, habitualmente las pérdidas y el desperdicio de alimentos se dan por una mala manipulación en el transporte o rotura de la cadena frío. En consecuencia, son necesarias medidas para minimizar los desechos y pérdidas (fechas de consumo o una mala manipulación del consumidor en los supermercados). Las medidas están en la línea del proyecto de ley para prevenir el desperdicio alimentario en el que se trabaja desde el Ministerio de Agricultura.

Consumo y el desperdicio de los alimentos. La situación está conectada con el punto anterior en cuanto a la necesidad de medidas que faciliten la reducción de los malos hábitos de consumo e inadecuada gestión de los alimentos. En este caso la futura ley contra el desperdicio alimentario ayudará a evitar estas situaciones.
Además, debemos tener en cuenta todas aquellas medidas que puedan contribuir para mejorar la información que recibe el consumidor y su comprensión de la información del etiquetado, en lo relativo a la conservación y caducidad de los alimentos.

En esta fase final de la recogida, reciclado y generación de los desechos residuales es en la que en la actualidad más esfuerzos regulatorios se están haciendo, tal y como hemos indicado en el artículo. Por tanto, lo que resta es esperar a que la ley de residuos se apruebe y se pongan en marcha las medidas que deberán contribuir a la reducción de los residuos y una mejor gestión de los envases.

Como podemos observar en las distintas fases de la Economía Circular es necesario que el marco legislativo resuelva aquellas situaciones que puedan darse para que los operadores puedan acometer las iniciativas necesarias con la máxima seguridad jurídica. No se trata de crear un sistema con exceso de regulación, la cuestión es que los posibles vacíos o lagunas legislativas no se den a la hora de poner en marcha las actuaciones necesarias para el desarrollo de la Economía Circular.

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