7 de enero, 2022
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Artículo escrito por José María Ferrer Villar, Jefe del Departamento de Derecho Alimentario de AINIA.

El etiquetado y la información al consumidor de alimentos son elementos clave para ayudarnos a consumir de forma más saludable y sostenible. No obstante, hay que tener en cuenta que muchos de los mensajes que nos llegan en relación con esas características tienen un carácter voluntario y por tanto hay que prestar especial atención a qué tipo de se traslada y hasta dónde se puede llegar con estos mensajes voluntarios. Se ha constatado que cada vez tiene más protagonismo la información carácter voluntario o facultativo.

No sólo hablamos de elementos asociados al concepto de lo saludable, como es el caso de todo lo relacionado con los aspectos nutricionales, como, por ejemplo, el empleo de sistemas alternativos de información nutricional como Nutriscore u otros. También hay que sacar a colación otra información asociada con la sostenibilidad de los alimentos que en los últimos tiempos están muy presentes en el sector. Comentamos en el artículo algunos de los principales aspectos relacionados con la información voluntaria que recibe actualmente el consumidor de alimentos. En la actualidad se observan con mayor frecuencia declaraciones relativas a alimento «sostenible», «pesca sostenible» «productos aptos para veganos», indicaciones sobre «huella de carbono» o «huella hídrica», estos son sólo algunos ejemplos de mensajes que están presentes en los alimentos como información voluntaria.

La información voluntaria, es aquella puede hacerse llegar a los consumidores, siempre y cuando respete lo fijado en el Reglamento 1169/2011formación de carácter voluntario debe reunir:
• No debe inducir a error al consumidor
    • No será ambigua ni confusa para los consumidores
    • Se basará, según proceda, en los datos científicos pertinentes

Este es el «a, b, c» que toda la información voluntaria que se suministra a través de los alimentos ha de cumplir de inexcusablemente. Además, la Comisión Europea trabaja en iniciativas para regular algunos elementos voluntarios hasta la fecha, con el objeto de su integración en el marco legislativo de la UE.

Algunas las últimas iniciativas de la UE en materia de etiquetado

La UE prosigue sus trabajos para hacer avanzar la regulación sobre etiquetado e información al consumidor y buena muestra de ello son algunas de las últimas consultas públicas abiertas para abordar cuestiones tales como los perfiles nutricionales, el etiquetado nutricional obligatorio en el frontal del envase y el etiquetado de las bebidas alcohólicas:

  • Establecimiento de perfiles nutricionales, se trata de umbrales para nutrientes como grasas, azúcares o sal en los alimentos, por encima de los cuales las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables están restringidas o no permitidas.
  • Incrementar la información en el etiquetadopara ayudar a los consumidores a tomar decisiones alimentarias más saludables y sostenibles y a hacer frente al desperdicio de alimentos:
    • introducir un etiquetado nutricional normalizado y obligatorio en la parte frontal del envase
    • ampliar la información obligatoria sobre el origen o la procedencia de determinados productos
    • revisar las normas sobre la indicación de fechas (fechas de caducidad y de consumo preferente).
  • Información facilitada a los consumidores en relación con las bebidas alcohólicas, para establecer una lista obligatoria de ingredientes y una declaración nutricional.

Con independencia de estas acciones, también es necesario que tengamos en cuenta la opción para que se pueda plantear un ecoetiquetado para los alimentos, se trata de un escenario que se estudió en su día por la Comisión Europea en el informe «EU Ecolabel for food and feed products – feasibility study (ENV.C.1/ETU/2010/0025)» (octubre 2011) y ahora vuelve a estar de actualidad si atendemos al documento del Parlamento Europeo en el se plantean esta posibilidad «What if ecolabels could nudge us to choose greener food?».

La relevancia que se está dando a la sostenibilidad de los alimentos ha vuelto a traer al primer plano esta opción y la Comisión Europea está considerando un escenario para el ecoetiquetado de alimentos en tiendas minoristas en su apuesta por la economía circular, una menor generación de desperdicios y alimentos más sostenibles, tal y como podemos ver en el plan de trabajo para 2020-2024.

Como conclusión a lo comentado debemos tener presente que el etiquetado de los alimentos en la UE ha regulado las cuestiones relativas a la información obligatoria, nutricional, las declaraciones de propiedades nutricionales y saludables, pero todavía tiene bastantes asignaturas pendientes a las que hay que añadir lo previsto en la estrategia de la granja a la mesa, en particular las cuestiones sobre el etiquetado de alimentos sostenibles previsto para 2024.

Es muy importante que seamos conscientes de que muchos de los aspectos que se tratan el artículo todavía no son elementos obligatorios de acuerdo con el Reglamento 1169/2011 y que estamos en el tránsito para lo sean en el corto-medio plazo. Hasta que se confirmen las iniciativas legales hay que valorar todos estos aspectos como información voluntaria en los alimentos. La clave en esta materia sobre la información voluntaria pasa por el «a, b, c» ya mencionado para hacer posible que lo voluntario o facultativo se alinee perfectamente con el Reglamento 1169/2011 de información al consumidor.

Por último, debemos reflexionar sobre todos los mensajes o información que con la mejor intención se aportan al consumidor, para que realmente sean datos relevantes y que aporten un valor añadido al destinatario final del producto, además de ayudarle a realizar una mejor opción de compra. En caso contrario corremos el riesgo de generar una infoxicación mediante el aluvión de datos incorporados en las etiquetas de los alimentos.

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